Estudio de los derechos reales en la legislación paraguaya y comparada
Desarrollo histórico de los derechos reales en las diversas legislaciones
La presente obra, Estudio de los Derechos Reales en la Legislación paraguaya y comparada, tiene el propósito primordial, como anhelo, que las personas lectoras la evalúen y les pueda servir para un conocimiento amplio de la ciencia jurídica en uno de los campos del Derecho Civil, los Derechos Reales.
Con relación al Derecho Civil y su evolución, la idea es hacer saber al estudioso. la trascendencia, de poder comprender a través de los tiempos, cuáles han sido los orígenes Y conceptualizaciones de cada figura jurídica analizadas en la presente obra, teniendo en cuenta la génesis directa del Derecho Civil que consideramos ha sido emanada de la fuente romana principalmente, pero, sin apartarse, del valor de la filosofia helénica en el influjo sobre todo de la primera ley escrita en Roma, la ley de las XTI tablas.
Es dable destacar que para la realización de este material, se ha contado con valiosos aportes de libros de grandes codificadores y doctrinarios del derecho, que con sus inestimables contribuciones en sus investigaciones, tomando ellos en esa tarea comúnmente como base, las discusiones que ya se hacían en Roma en las dos destacadas escuelas, con ilustres exponentes de la ciencia jurídica, citando entre otros a: Salvio
Juliano, Labeón, Paulo, Papiniano, y más tarde, con Triboniano, pasando por los glosadores y post glosadores, luego por los doctrinarios esencialmente franceses y alemanes, para llegar al Código Napoleónico y al Código Civil alemán, hasta alcanzar especialmente a nuestro continente americano al adoptarse o concebirse aquellos Códigos
y sus doctrinas como fundamentales en la elaboración de Códigos, Proyectos de Códigos y leyes que fueron y son tomados aun el día de hoy como modelos en la producción de tales Códigos o leyes, citando a algunos como: El Esboco de Freitas o Proyecto de Código Civil del Brasil, el Código de Vélez y el Anteproyecto Bibiloni, expresamos que de los
citados precedentemente como ley solo fue aprobado el Código Civil argentino de Vélez; sin embargo, cabe subrayar en estas líneas que todos ellos fueron de vital importancia en la preparación del Anteproyecto de Gásperi, y posterior Código Civil paraguayo.
Cabalmente todos ellos, han dado apertura a que, mediante sus profundizaciones sobre las diversas figuras jurídicas del derecho, tales como la posesión y la propiedad, podamos dar una mirada integra sobre sus orígenes, conceptos o caracterizaciones.
Todos estos antecedentes son significativos de señalar dada la importancia que en el derecho formal ha servido como pedestal en su empleo basado igualmente en la cotidianeidad en las relaciones interpersonales en la sociedad y de allí ulteriormente encaminadas en las codificaciones o leyes. Por tanto, todos los que tengan la posibilidad
de leer el presente trabajo intelectual, sean estudiantes o profesionales del derecho o personas motivadas de obtener una cultura general, aspiramos lo sea, en esta inteligencia.
Hugo Roberto A. Franco Silva